viernes, 29 de enero de 2010

Protege tus fotos en Internet (para que no te pase lo que a Llamazares)




Ramón Peco.- De qué manera terminó una foto electoral del diputadode Izquierda Unida, Gaspar Llamazares, formando parte del retrato robo trealizado por el FBI para actualizar la imagen de Bin Laden es una cuestión controvertida. Sea como fuese, lo cierto es que el caso nos ha llamado la atención, pues pone de manifiesto los peligros relacionados con que nuestras fotos se difundan alegremente por Internet. El parlamentario español no acepta las explicaciones oficiales de Estados Unidos. Al parecer, un "artista forense" del citado organismo de seguridad habría localizado en Google por relativa casualidad la imagen del rostro de Llamazares.
Pero al diputado dicha explicación no le convence, pues piensa que la búsqueda tuvo que realizarse a conciencia, ya que para localizar dicha foto tendría primero que teclearse su nombre y apellido en el popular buscador.
Según dice el propio afectado, el motivo de que esa agencia de seguridad disponga de su foto puede ser debido a que hayan realizado un fichero de personajes en función de sus ideas políticas. Además, Izquierda Unida, ha manifestado en un comunicado su preocupación por que esa práctica pueda realizarse con otros ciudadanos.




El chapucero fotomontaje que permitió a un "artista forense" del FBI elaborar una imagen robot de un Osama Bin Laden envejecido se realizó con un "copia y pega" del pelo de una foto de Gaspar Llamazares.
Nosotros hemos hecho la búsqueda en Google Imágenes y, efectivamente, si solicitamos fotos de gran tamaño usando los términos de búsqueda Gaspar Llamazares aparece una foto como la que el FBI utilizó de materia prima para elaborar el famoso retrato robot.
Esa clase de imágenes de gran formato de políticos y personajes públicos suelen abundar en Internet, pues los gabinetes de prensa las distribuyen en alta resolución para los medios impresos. Si realizamos búsquedas de fotos de José Luis Rodríguez Zapatero y de Mariano Rajoy encontramos imágenes similares.
Pero no sólo nos toparemos con fotos de políticos realizando esa clase de búsquedas. Si en Google tecleamos -por ejemplo- la palabra "retrato" y solicitamos fotos de alta resolución, encontramos muchas imágenes de personas más o menos anónimas. Seguramente sus autores -o los que aparecen en ellas- probablemente nunca pensaron que podrían terminar siendo visibles y accesibles para millones de internautas.
Vale copiar, pero no de cualquier forma
Una imagen localizada a través de Google no puede usarse libremente si su autor no lo permite. Eso es algo que sabe casi todo el mundo (aunque muchas veces no lo parece).
Google Imágenes, como otros buscadores de fotos, es sólo un sitio en el que podemos solicitar fotos para verlas, no para usarlas libremente. Incluso en el caso de que una foto sea transformada drásticamente es necesario que el autor conceda permiso para ello. Algo a tener en cuenta.
Además, a pesar de que el autor decida permitir la difusión de una foto, no siempre los términos de la licencia de uso permiten que las imágenes, como ha sucedido en el caso Llamazares, sean alteradas.
Cada vez son más los medios de comunicación y empresas de publicidad que buscan imágenes en Internet y en redes sociales para hacer un uso comercial de las mismas. De hecho, existen incluso buscadores especializados en localizar fotos libres de derechos de autor, como Sprixi. Pues bien, aunque localicemos imágenes con licencias Creative Commons o similares, no todo el monte es orégano ni podemos hacer lo que nos plazca con ellas.
En ocasiones pensamos que una imagen, por el mero hecho de provenir de un gabinete de prensa o tener una licencia abierta, puede ser usada como nos venga en gana. Gran error. Hay que consultar el tipo de licencia escogido por el autor o por la empresa que la difunde.
Si visitamos la página de Creative Commons en España podemos ver los tipos de licencia que existen. Conocer esta información es clave para un fotógrafo. En función de cada foto, deberíamos usar una licencia u otra si deseamos controlar la difusión de nuestras imágenes en función de su naturaleza.
Si estamos publicando imágenes en Flickr, se nos dan varias opciones para determinar un tipo de licencia u otra por defecto. Podemos optar por reservar todos los derechos o bien decantarnos por una modalidad de licencia Creative Commons. En cualquier caso, siempre podemos, al publicar una foto, cambiar la licencia escogida en función de la naturaleza de la imagen.
En una web personal, al publicar imágenes lo primero que debemos hacer si optamos por una licencia Creative Commons es rellenar un formulario con los términos de uso que deseamos. Además, podemos indicar en los metadatos de la foto el tipo de licencia escogida (casi todos los programas profesionales de tratamiento de imágenes permiten hacer esa operación).
En la web, conviene acompañar la foto de un texto en el que tal cosa quede indicada. Si no nos conformarnos con eso, podemos insertar una marca de agua en la imagen. Pero entonces es recomendable que el texto que introduzcamos sea discreto y no altere la lectura de la propia foto (a no ser que nuestra intención sea venderla o impedir a toda costa su difusión).
En el caso de que busquemos imágenes para transformar y difundir debemos asegurarnos de que la persona que está publicando la foto es verdaderamente su autor. Desgraciadamente, no es raro que algunos cuelguen con licencias Creative Commons imágenes que no les pertenecen.
En Flickr esto puede comprobarse si analizamos los metadatos EXIF de la imagen (siempre que el fotógrafo en cuestión haya decido que éstos se difundan). Si la foto no está en Flickr, podemos también acceder a los datos de la imagen si son públicos (cosa que ocurre con frecuencia) y saber algo más sobre ella. En ese caso, es recomendable usar el complemento Exif Viewer en Firefox o cargar la foto en esta página web.
El tamaño es la clave
Cuando las fotos pertenecen a nuestra vida privada -retratos de familiares y amigos, por ejemplo-, conviene no mostrarlas con un gran tamaño. Ésa es la mejor garantía de que no sean usadas por nadie. En Flickr, por ejemplo, es posible guardar todas las imágenes en alta resolución si se dispone de una cuenta profesional, pero es posible determinar que sólo su propietario pueda acceder a esa versión.
Un ancho de 600 píxeles si la imagen es horizontal o de 400 si es vertical, es más que suficiente para que todos puedan ver nuestras fotos y éstas no resulten atractivas para que otros las usen.
El motivo, como es bien sabido, es que una imagen con esa resolución apenas sirve para otra cosa que para ser reproducida tal cual en Internet, sin pueda ser reencuadrada ni apenas plasmada en papel.
Si, por ejemplo, una revista copia de Internet una foto con un tamaño de 600 x 400 píxeles y con una resolución de 72 ppp, al transformar esa resolución a 300 ppp, algo muy usual en impresión, la imagen resultante sólo podría reproducirse -con ciertas garantías- con un ancho de 50 milímetros.
Si deseamos mostrar otra clase de imágenes en Internet y evitar al mismo tiempo su explotación comercial o manipulación, un tamaño idóneo sería usar un ancho de unos 1000 píxeles. De esa forma, se aprecian perfectamente las texturas de la foto, pero si alguien las copia no es fácil hacer un nuevo encuadre de la imagen o publicarlas a gran tamaño en un medio impreso.
El blog The Big Picture, por ejemplo, publica fotos con un ancho de 980 píxeles. Según comenta su creador, Alan Taylor, ese sistema se encuentra en el límite de lo que toleran las agencias de información periodísticas (de las cuales proceden la inmensa mayoría de fotos que en ese blog se publican).
También existe una alternativa más drástica para que las fotos que difundimos a través de una web personal no aparezcan en Google. El propio buscador nos permite eliminar completamente una página de sus búsquedas. Y si no deseamos aplicar tanta contundencia, podemos solicitar que sólo sean visibles para sus robots de búsqueda ciertas zonas de una web o algunas fotos. El procedimiento para ello es bastante sencillo.
Aparte de todo eso, debemos pensar como fotógrafos en lo que aparece representado en las fotos que difundimos. Si hemos fotografiado a personas en un espacio privado, no podemos publicar esas fotos sin su consentimiento, algo que tampoco podemos hacer cuando aparezcan en ellas menores cuyos padres o tutores no nos den por escrito su consentimiento (aunque éstos se encuentren en un espacio público). Del mismo modo, tampoco es posible difundir fotos libremente de miembros de los cuerpos de seguridad.
No son éstas las únicas normas existentes que hay que tener en cuenta, pero sí son las más importantes. En cualquier caso, nada puede reemplazar al sentido común a la hora de determinar qué fotos podemos o debemos hacer, difundir o alterar.
En el FBI, por lo visto, no se andan con chiquitas. 

Publicado en quesabesde.com

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